Reforma Procesal Laboral: La cuenta regresiva finaliza

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

A partir del próximo 25 de julio empieza a reguuir la Reforma Procesal Laboral.

Investigación laboral / 4 de julio de 2017

La Reforma Procesal Laboral modifica más de la mitad del actual Código de Trabajo, a partir de 3 ejes fundamentales: parte individual, parte colectiva y la parte laboral procesal.

Esta Reforma es la mayor modificación al Código de Trabajo desde su promulgación en 1943 y entra a regir a partir del próximo 25 de julio.

La Reforma en cuestión impacta la manera en que se desarrollan las relaciones laborales, tanto del sector público como sector privado.

En lo que atañe a la regulación laboral individual hay cambios muy importantes en materia de: la redacción y entrega obligatoria de la carta de despido sin responsabilidad patronal, fueros de protección, tutela del debido proceso y todo lo referente a los nuevos criterios sobre no discriminación y las consecuencias de un eventual acto discriminatorio.

En lo concerniente a la parte procesal laboral, destaca la implementación del principio de oralidad dentro de los procesos judiciales laborales, así como la expresa regulación del principio protector a través del “in dubio pro operario”.

Mención especial amerita el papel que jugará la nueva defensa pública laboral (gratuita) para un porcentaje elevado de trabajadores.

En la parte laboral colectiva, se formaliza lo referente al fuero sindical y sus implicaciones.

Asimismo, incorpora nuevas disposiciones entorno al concepto y modalidades de huelga, particularmente en lo que se refiere a sus porcentajes de convocatoria, requisitos de legalidad y efectos.

Ante esta situación, es recomendable que cada organización valore las implicaciones de la Ley en cuestión y adopte las medidas necesarias para ajustar el desarrollo de sus relaciones obrero patronales a lo establecido en la legislación aplicable.

En este sentido, la revisión de aquellos documentos por medio de los cuales se definen las condiciones laborales a nivel interno se torna indispensable.

El modelo de acción de personal, el contrato laboral que se utilice, procedimientos o lineamientos específicos en materia de reclutamiento, selección, nombramientos y evaluación del desempeño, entre otros documentos, deberán limitarse a consignar solo aquella información que tiene una relación directa con el cumplimiento correcto de las obligaciones laborales.

De igual manera conviene que todo patrono emita un lineamiento que permita definir la manera en que se procederá para prevenir, investigar y sancionar posibles comportamientos de discriminación.

Posterior a la etapa de revisión y actualización de la correspondiente documentación, deviene en fundamental realizar un proceso de capacitación sobre el alcance de los cambios realizados; esto en procura de lograr su adecuada aplicación en la práctica.

La Reforma representa un antes y un después en la historia de la legislación laboral costarricense, por ende, también representa un momento adecuado para revisar a lo interno aquellas prácticas y situaciones que podrían generar un incumplimiento a lo establecido en el Código de Trabajo.

Ronald Gutiérrez Abarca
rgutierrez@bdsasesores.com

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