Permisos para cumplir compromisos legales

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Si algún empleado es citado ante los estrados judiciales, ¿la empresa debe conceder la licencia y pagar por el tiempo que el funcionario esté fuera de su trabajo?

Investigación laboral / 6 de mayo de 2009

Este es un derecho que tiene cualquier trabajador y se encuentra estipulado en el artículo 480 del Código del Trabajo.

Este apartado de la legislación laboral se refiere a la obligación que tienen los patronos para concederle a sus subalternos, las autorizaciones pertinentes cuando estos tengan alguna responsabilidad de tipo judicial.

El artículo en mención establece la prohibición que tienen los empleadores de negarse a brindar permisos a sus funcionarios, cuando estos deben ausentarse del lugar donde ejecutan sus labores, ya sea porque estos tienen que comparecer como testigos o directos implicados ante un juez.

Adicional a esto, la legislación ordena que por ningún motivo puede existir rebajar en los salarios, siempre y cuando los trabajadores enseñen por anticipado la respectiva orden de citación o emplazamiento.

Para conocer más información acerca de esta situación y otras similares, puede consultar el titulo séptimo en el Código del Trabajo, donde se establecen las disposiciones generales para esta clase de procedimientos y no incurrir en ninguna falta que vayan en detrimento de su empresa y sus colaboradores.

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