Marco legal para pagar el zonaje

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Conozca los casos en que debe retribuir a un trabajador su traslado.

Investigación laboral / 28 de noviembre de 2014

Es claro que el desarrollo del comercio y el constante crecimiento de muchas empresas ha generado la necesidad que se mantenga una calidad de servicio alto, animando a las compañías a tener presencia en distintos sectores en el país. Por tal necesidad, los empleadores han optado por implementar una serie de mecanismos que les faciliten el traslado de sus trabajadores a las distintas zonas.

Dichas decisiones se basan en que quienes se desplazan a regiones lejanas conocen sobre el desarrollo del negocio y, eventualmente, la atención de clientes, lo cual es una ventaja estratégica.

En atención a dichas necesidades se han buscado condiciones que les permitan a los trabajadores trasladarse a esos sitios sin causarles un perjuicio económico, como es el caso de la alimentación y transporte, por ejemplo.

Dentro de los distintos tipos de métodos de pago de gastos se encuentran el reembolso, pago de viáticos e, inclusive, el reconocimiento del plus salarial denominado zonaje.

El zonaje como tal corresponde a una compensación económica adicional que el patrono puede llegar a reconocerle a un colaborador por prestar sus servicios, ya sea de forma permanente o temporal, en un lugar distinto al que fue pactado al inicio de la relación de trabajo.

De hecho, el pago del zonaje nace por el traslado de un trabajador a otra región, que incrementen el costo de habitación y alimentación, entre otros. Se debe tomar en cuenta que el mero traslado del lugar donde desarrollará sus actividades no implicará el pago de dicho rubro.

Este traslado debe ser a un lugar razonablemente distante al domicilio habitual o al lugar donde se originó la contratación, lo cual hace imposible al empleado desplazarse diariamente a su domicilio.

Pago del zonaje

Es recomendable que se utilice una política laboral interna que regule su implementación y forma de pago, esto además de suscribir un acuerdo donde se regule cada caso, en particular, y se describa el tiempo durante el cual se reconocerá tal pago y la suma a cancelar.

Por ser un plus salarial, el patrono debe tomar en cuenta el pago de los montos por zonaje para la cancelación de las obligaciones laborales como vacaciones, aguinaldo y la seguridad social.

Pese a lo analizado existen casos límite, en los cuales, a primera vista, se debe reconocer el pago de dicho rubro. Sin embargo las condiciones particulares de cada situación confirman que la cancelación no sería procedente ni respaldada por la normativa laboral vigente.

El primero de estos escenarios es cuando un colaborador considera que su lugar de trabajo es muy lejano de su domicilio. Si esas circunstancias se conocían desde el inicio de la relación laboral, el pago por tal motivo no será procedente.

Igual sucede con aquellos trabajadores que deciden aplicar y trasladarse a un puesto distinto dentro de la misma empresa empleadora, aun si la plaza se ubique en una zona lejana de su lugar de residencia. En tal caso, el colaborador tiene conocimiento del cambio del lugar de trabajo, por lo que estaría aceptando voluntariamente la situación, desnaturalizando el pago del zonaje.

Juan José Montero Vargas

jmontero@bdsasesores.com

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