Recientemente circuló en medios nacionales la noticia de que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) disminuirá la “base mínima contributiva” que se utilizará para calcular y pagar las cargas sociales de trabadores y trabajadoras dedicados al servicio doméstico.
Pero, ¿qué significa esto y cómo afectará a patronos y trabajadores?
Como todo patrono en el país bien sabe, la legislación costarricense obliga a asegurar a todo trabajador ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
Todo patrono debe además retener y pagar las cuotas obrero-patronales que correspondan. Dichas cargas, como también es sabido, son la principal fuente de ingreso de los distintos regímenes de la CCSS.
Mínimo de cotización
Las cargas sociales se calculan sobre el salario percibido por cada trabajador mes a mes, de tal forma que entre mayor sea el salario mayor, será la contribución a la CCSS.
Sin embargo, existe una “base mínima contributiva” sobre la cual se debe cotizar, independientemente de si un trabajador percibe un salario menor.
Año con año dicha base aumenta y para 2017 la suma es de 231.135. Esto quiere decir que, independientemente de si un trabajador percibe un salario menor, la CCSS cobrará cargas obrero-patronales como si la persona percibiera un salario de ₡231.135.
Uno de los sectores más impactados por lo anterior, si no el más afectado, es el de servicio doméstico, donde el salario mínimo vigente es inferior a esta base.
Además, muchas de estas personas laboran “por horas” y no una jornada laboral completa, por lo que su ingreso es aún menor.
Lo anterior hace que el aseguramiento de trabajadores de servicio doméstico sea sumamente caro para los patronos, muchos de los cuales son personas físicas.
Esto a su vez contribuye a la informalidad del sector, uno de los de mayor pobreza en el país.
Disminución en la base mínima
En julio del año anterior, la Junta Directiva de la CCSS aprobó una disminución del 50% de la base mínima contributiva para servicio doméstico, la cual pasaría de ₡231.135 a ₡115.567.
La CCSS ha aclarado que esta reducción aplica únicamente en servicio doméstico y no para trabajadores que se desempeñan como choferes y jardineros.
Además, se pretende permitir el aseguramiento de servidores domésticos con más de un patrono, de tal forma que si una persona presta servicio doméstico “por horas” en más de un hogar a la semana, las cargas sociales se puedan distribuir entre los distintos patronos, en la proporción que corresponda.
En enero de este año, la CCSS indicó que el reglamento que regularía este tema quedó listo y a la espera del visto bueno de la Dirección Jurídica de dicha entidad. Por ende, a la fecha no se conoce el procedimiento exacto que conllevará este cambio.
De no haber ningún inconveniente o problema con el texto de este reglamento, la medida entraría en vigencia el próximo mes de mayo.
Es importante recordar que, independientemente de si estos cambios entran en vigencia, como se espera, la obligación de asegurar a toda persona que preste un servicio y se considere como “trabajador” no deja de existir.
Además, como ya varios otros compañeros han expuesto en este espacio, con la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral los riesgos en casos de no aseguramiento o de omisiones en el reporte de salarios ante la CCSS son más inmediatos.
Por ende, nunca está de más recomendar que se verifique que toda persona con la que existe una relación laboral se encuentre debidamente asegurada
Marco Esteban Arias Arguedas
marias@bdsasesores.com
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