Código de vestimenta por escrito

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Abogado brinda consejos para implementar política en las empresas.

Mundo empresarial / 14 de abril de 2014

El patrono tiene la potestad de regular y establecer códigos de vestimenta a sus empleados, debido al poder de dirección que ostenta durante la relación laboral.

Los denominados ?códigos de vestimenta? son muy comunes en las empresas de hoy, particularmente para aquellos trabajadores que tienen un constante contacto con el público y con los clientes.

Esta situación aplica también entre quienes requieran alguna indumentaria especial por salud o seguridad ocupacional e, incluso, por la integridad de la materia prima o del producto en cuya elaboración participe el trabajador.

De igual forma, las denuncias por hostigamiento sexual en los centros de trabajo han generado más conciencia y preocupación sobre la importancia de establecer normas de vestimenta para mantener un ambiente de trabajo sano y de respeto.

Límites. Sin embargo, todo derecho tiene limitaciones cuando se enfrenta a otros derechos, incluso personales.

La regla de oro en la regulación de elementos o condiciones de la relación de trabajo es que cualquier restricción a la libertad de los trabajadores debe ser razonable y proporcional, y el tema de la vestimenta no es la excepción.

En atención a lo anterior, los lineamientos de vestimenta deben estar basados en necesidades del negocio, la imagen que quiere demostrarle a sus clientes o, inclusive, por temas de seguridad ocupacional, tal como se indicó.

De esta forma, la empresa puede imponer lineamientos de vestimenta e, incluso, determinar el uso de uniformes o determinadas prendas para ciertos puestos.

El patrono debe velar por que la normativa que vaya a imponer, en cuanto a vestimenta, no afecte de forma injustificada derechos de los trabajadores o afecte su personalidad e incluso ideología, sea política, religiosa o de otra índole.

Igualmente, debe procurarse que las restricciones impuestas no generen discriminación. Claro está, la empresa puede aplicar medidas más restrictivas a ciertos puestos laborales, principalmente, los que realizan alguna labor peligrosa y prohibir, por ejemplo, el uso de ciertos accesorios o aditamentos que pueden elevar los riesgos laborales o, incluso, poner en riesgo la materia prima o el producto final asignado al trabajador de la firma.

Para estos casos, es importante que se definan los puestos sujetos a una mayor restricción en cuanto a la vestimenta y dejar claro cuáles accesorios son necesarios para proteger su integridad y la de sus compañeros (cascos, máscaras, lentes, y otros accesorios de seguridad), así como, aquellos no permitidos.

Por escrito. Los aspectos sobre la vestimenta deben ser regulados mediante una política interna: la empresa debe definir los lineamientos de los estándares mínimos que deben seguirse al vestirse para el trabajo, al igual que los puestos que se les exige utilizar cierto tipo de prendas de forma obligatoria.

Si un colaborador incumple el código de vestimenta, la empresa estaría en la posibilidad de sanciones disciplinarias, en atención a la gravedad de la conducta y los eventuales daños que pueda ocasionar el incumplimiento.

Igualmente, el patrono está en la potestad de no permitir el ingreso de colaboradores que incumplan el código de vestimenta, así como solicitar al trabajador que cambie su vestimenta para adherirse a los lineamientos de la empresa.

Oscar Corrales Renata

ocorrales@bdsasesores.com

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