La Sala Constitucional eliminó el pago de incentivos y de jornada triple durante los días feriados a los empleados del Banco Nacional amparados por la convención colectiva de trabajo.
Un fallo comunicado el viernes anterior anuló el artículo 49 de ese acuerdo laboral en el que se establecía el pago anual adicional de hasta tres semanas de salario a los empleados que cumplían 10, 15 y 20 años de servicio.
También eliminó el párrafo quinto del artículo 21, según el cual los trabajadores que laboren en días feriados de pago obligatorio se les remunerará con el equivalente a tres días de salario.
Dichas cláusulas fueron impugnadas por los diputados del partido Movimiento Libertario en el año 2004, por considerar que eran ?desproporcionadas e irracionales? en comparación con otros trabajadores del sector público.
La resolución de los magistrados es de acatamiento obligatorio y regirá a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
Ayer no fue posible localizar a representantes del Sindicato de Trabajadores del Banco Nacional (Sebana).
Matrícula
En la misma votación de la Sala se suprimió el beneficio que exoneraba del pago de matrícula al cónyuge, los hijos y otros dependientes de los trabajadores de la Universidad Nacional.
En el voto 1144-07, la Sala también prohibió que se utilicen recursos de la Universidad para pagar gastos del funeral de los extrabajadores pensionados.
Esta cláusula ahora solo cubrirá a los empleados en servicio. En caso de que uno de ellos muera, sus familiares recibirán ¢30.000.
No fue posible obtener una reacción de representantes de la Universidad Nacional.
En diciembre pasado la Sala también fijó límites al pago de cesantía a los empleados del Instituto Nacional de Seguros.
Redacción elempleo.com
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