Los intermediarios financieros tienen ahora más facilidades para hacer readecuaciones de deudas a sus clientes.
Las readecuaciones son cambios en las condiciones originales del crédito. Por ejemplo, una extensión del plazo o un cambio de moneda.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) autorizó a las entidades hacer dos readecuaciones en 24 meses, sin que eso se considere una operación especial de crédito.
Esta nueva medida regirá hasta el 31 de diciembre de este año.
Antes cuando se hacía la segunda readecuación, el crédito debía recalificarse como una operación especial y el préstamo pasaba a la categoría C1.
En la práctica eso implicaba que el banco tenía que hacer una provisión por un monto equivalente al 25 por ciento del crédito e incluirlo como un gasto, explicó Guillermo Quesada, presidente de la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica.
Razones
Alberto Dent, presidente del Conassif, argumentó que la medida fue pedida por los bancos y Uccaep (Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada) con el argumento de que en tiempo de crisis los bancos deben tener capacidad de hacer readecuaciones, sin que eso sea considerado una operación especial.
De acuerdo con Dent la expectativa es que los bancos y sus clientes puedan reestructurar operaciones, de forma que se encuentren al día para adecuarlas a la realidad del mercado actual.
Puntualizó que esto se aplica a usuarios con capacidad de pago que simplemente requieran nuevo plazo o condiciones.
El presidente del Banco Central, Francisco de Paula Gutiérrez, comentó que la decisión se tomó pensando en que todavía no se sabe cómo van a andar los flujos de caja de las empresas en los próximos meses y es mucho mejor que se acerquen rápido a los bancos si tienen problemas.
El Consejo también permitió a las entidades bajar la tasa de interés de los préstamos sin que eso se considere una operación especial.
Otra medida fue ampliar el plazo para la implementación del requerimiento patrimonial por riesgo operacional.
Este requerimiento obliga a las entidades a apartar un 15 por ciento de la utilidad operativa promedio de los últimos tres años ante la posibilidad de pérdidas por problemas en su operación.
Se comenzó a aplicar en forma gradual en julio pasado y se alcanzaría el 15 por ciento en diciembre del 2009. Ahora este porcentaje se alcanzará en diciembre del próximo año.
El Consejo también modificó la rentabilidad mínima que exige a las entidades. Ahora se les pide un porcentaje de 10,65 puntos. En adelante se permitirá que sea menor si la inflación interanual baja de ese porcentaje.
Patricia Leitón, La nación
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