El 10 de marzo, el TSE avaló la recolección de firmas para valorar un referendo sobre el proyecto de ley del Salario Mínimo Vital, que actualmente se tramita bajo el número de expediente 19.312.
¿Qué plantea el proyecto de ley?
El proyecto modifica las reglas operativas que permitan hacer efectivo el mandato del artículo 57 de la Constitución Política, que otorga a los trabajadores el derecho a recibir un salario mínimo que les procure bienestar y existencia digna.
Actualmente, el artículo 177 del Código de Trabajo solamente establece que todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo que cubra las necesidades normales del hogar y se fijará periódicamente atendiendo las modalidades particulares de cada región y actividad.
El plan pretende que el artículo indique, adicionalmente, que toda persona asalariada tiene derecho a un salario mínimo vital que le garantice bienestar y existencia dignos, con base en el mandato constitucional anteriormente expuesto.
Propone que la estimación del Salario Mínimo Vital se base en el “ingreso mínimo vital”, que corresponde a la cantidad de dinero indispensable para garantizar que las familias puedan satisfacer sus necesidades materiales más elementales y se calcula con base en indicadores específicos.
¿Qué argumentan las cámaras empresariales?
Estas cámaras manifestaron su rechazo a la iniciativa, por considerar que aumentaría la desigualdad, y por ende los índices de pobreza, al obligar a sus empresas a no contratar más personal por el gasto que esto implicaría o inclusive despedir personal para garantizar el pago del salario mínimo vital.
Argumentan que casi el 95% de las empresas del país son micro, pequeñas y medianas, y que ese incremento de un 34% provocará que muchas no puedan mantener el personal actual, lo que haría que muchos asalariados pasen a la informalidad y otros más sean despedidos; generando más desempleo, informalidad, desigualdad y pobreza.
¿Qué argumentan los sindicatos?
Los sindicatos, que apoyan en su totalidad el proyecto, sosteniendo que el país urge una ley de este índole partiendo de dos argumentos:
1. Generación de más bienestar social y mejor redistribución del ingreso.
2. Reactivar la economía real y la producción nacional.
Es decir, que con salarios más altos, el consumo se acrecienta, lo cual incentiva el crecimiento de la economía nacional y a la vez combate la desigualdad y la pobreza.
Posibles implicaciones de la aprobación futura de la ley
Según se establece en la exposición de motivos, si en el país se respetase el pago de los salarios mínimos sin entrar a modificar la manera como estos se calculan, se podría experimentar una reducción de la pobreza de aproximadamente la tercera parte.Es decir, que en la actualidad existe un porcentaje alto de informalidad.
Con la entrada en vigencia de la ley en cuestión, podríamos predecir que ese porcentaje subiría. Adicionalmente, la inversión extranjera podría perder interés en el país al encarecerse la mano de obra, y para los patronos sería más difícil retener a todos sus empleados, por tanto posiblemente reducirían el número de trabajadores para mantener la competitividad.
Por otro lado, también es válido el argumento de los sindicatos de que con salarios más altos, el consumo se aumenta, lo cual incentiva el crecimiento de la economía nacional; aunque esto podría aumentar los índices de desigualdad entre la población que está en la economía formal, y aquella que se encuentra en la informalidad o está desempleada.
Sin importar la posición que tome en este punto, es transcendental que los costarricenses empecemos a informarnos sobre el tema, para ante un eventual referendo analizar todas las aristas que este aumento implicaría.
Adelina Rodriguez
arodriguez@bdsasesores.com
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