Correcto manejo del aguinaldo

 

El Empleo Noticias
martes, 5 de noviembre de 2019 0 p. m.

El cálculo correcto y el pago oportuno y completo del aguinaldo en este fin de año podrían evitarle contingencias legales.

Consejos profesionales / 26 de noviembre de 2018

Con la llegada de la época navideña, temas como el pago del aguinaldo adquieren especial interés en las empresas y, si bien el reconocimiento proporcional de este derecho es común para muchos patronos en las terminaciones de los contratos de trabajo que se realizan a lo largo del año, en estas fechas siempre suelen presentarse dudas en relación con su correcto tratamiento. Por ello, en el presente artículo abordaremos el correcto manejo de este derecho.

¿En qué consiste el aguinaldo y cómo debo pagarlo? En términos generales, el aguinaldo es un derecho del trabajador y, por ende, una obligación para todo patrono, que consiste en un beneficio económico anual, que debe pagarse a cada trabajador, equivalente a un mes de salario.

De conformidad con la Ley de Pago de Aguinaldo a los Servidores de la Empresa Privada, para determinar la suma que debe pagarse por concepto de aguinaldo, deben tomarse los salarios ordinarios y extraordinarios que haya recibido el trabajador desde el 1° de diciembre de año anterior hasta el 30 de noviembre del año en curso y dividirse entre doce, el promedio que resulte de esa operación será la suma que deberá pagarse al trabajador.

Es importante tener presente que cuando hablamos de salarios ordinarios y extraordinarios nos referimos a que en el cálculo no solo debe incluirse la remuneración que fue pactada con el trabajador desde el inicio de la relación laboral (salarios ordinarios), sino también todas aquellas sumas que perciba el trabajador durante el periodo indicado y que tengan naturaleza salarial; es decir, los pagos por horas extra, comisiones, bonificaciones salariales y cualquier otro pago de carácter salarial que realice el patrono. 

Otro aspecto a considerar es que, dado que en el cálculo del aguinaldo solo entran en juego las sumas que tengan naturaleza salarial, si un trabajador ha sido incapacitado entre el entre el 1° de diciembre del 2017 y el 30 de noviembre de este año, esos periodos de incapacidad no se toman en cuenta para el cálculo de este derecho, pues lo que recibe el trabajador en esos casos son subsidios, no salarios. Diferente es el caso de la trabajadora que se encuentra disfrutando de su licencia por maternidad, ya que el Código de Trabajo expresamente indica que las sumas que reciba durante esta licencia deben ser tomadas en consideración para el cálculo de sus derechos laborales.

Finalmente, cabe recordar que las sumas que perciba el trabajador por concepto de aguinaldo no están sujetas al pago de cargas sociales y se encuentran exentas del impuesto sobre la renta, de acuerdo con los artículos 7 y 9 de la Ley de Pago de Aguinaldo a los Servidores de la Empresa Privada

Pago oportuno y completo. La Ley que regula el pago del aguinaldo establece que la cancelación de este derecho debe hacerse dentro de los primeros 20 días del mes de diciembre, constituyendo el incumplimiento de esta disposición una retención indebida de salario, así como una infracción a las leyes de trabajo. De esta manera, si el patrono no paga el aguinaldo antes del 20 de diciembre, ese incumplimiento podría acarrearle multas de entre ₡431.000 y ₡9.913.000 (es decir, de entre uno y veintitrés salarios base).

Adicionalmente, el pago del aguinaldo no puede ser objeto de compensación, venta o cesión y solo está sujeto a embargos por pensiones alimentarias hasta en un 50% de su valor. Por esta razón, el patrono no puede cobrarse deudas a partir del aguinaldo ni aplicarle deducciones por conceptos distintos de pensiones alimentarias debidamente respaldadas por una orden judicial.

Así las cosas resulta importante asegurarse de cumplir con esta obligación adecuadamente y dentro del plazo que establece la ley, a fin de evitar tener que pagar a futuro sumas cuantiosas por concepto de multas. Como se ha dicho, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores y su pago genera mucha expectativa en éstos para afrontar los gastos de la época navideña. Por esta razón, conviene que los patronos verifiquen que su manejo sea el correcto para evitar contingencias frente a los trabajadores y las autoridades judiciales y administrativas.

Marco Durante Calvo

mdurante@bdsasesores.com

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