Condenan a patrona por despedir a embarazada

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Jefa deberá indemnizar con ¢1.068.000 a empleada que despidió.

Noticias laborales / 23 de marzo de 2006

La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ordenó a una patrona pagar ¢1.068.000 a una antigua empleada que despidió mientras estaba embarazada.

La empleada trabajaba en una tienda de productos de limpieza, ubicada en el centro de Puntarenas, cuando quedó embarazada.

Por su nueva condición solicitó a su jefa que la asegurara, respaldando su solicitud con un certificado médico que hacía constar su condición de gravidez, dice la demanda presentada el 31 de enero del 2004.

Una semana después fue despedida, razón por la que interpuso un proceso laboral ante el Juzgado de Trabajo de Puntarenas.

La empleadora justificó que no había asegurado a la trabajadora porque estaba en período de prueba, y que la había despedido porque abandonaba el negocio y lo dejaba a cargo de personas desconocidas.

En la sentencia, se declaró con lugar la demanda de la empleada y se ordenó a su antigua patrona pagarle:

? ¢433.000 por los daños causados durante el período pre y postnatal.

? ¢595.000 para completar el salario de ocho meses de embarazo.

? ¢12.500 correspondientes a las vacaciones no concedidas.

? ¢27.000 del aguinaldo.

La sentencia fue confirmada el 8 de junio del 2005, sin embargo, la acusada presentó un recurso de casación alegando que el Tribunal de Trabajo incurrió en una inadecuada valoración de las pruebas aportadas, pues la actora no comunicó a su representada el estado de embarazo, ya que no le entregó copia del dictamen médico.

Para la Sala, de haber existido realmente una intención patronal de despido antes de la comunicación de embarazo, se debió otorgar a la trabajadora un término prudencial para comprobar su estado.

Israel Aragón M.

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