Para quienes estamos implicados en el tema del Derecho Laboral, no resulta extraño que buena parte de nuestro tiempo, durante los últimos meses, haya sido utilizado para discutir en diversos foros sobre la Reforma Procesal Laboral (RPL) y su impacto en el desarrollo de las relaciones laborales del país.
Que el tema de conversación, ya sea en reuniones, charlas o ejercicios de otra índole, tanto en empresas privadas, instituciones públicas, juzgados y universidades, sea la RPL, deja en evidencia que esta Reforma está cerca; ¿se encuentra su organización preparada para su llegada?
En primera instancia debemos indicar que la RPL es la modificación de mayor trascendencia, cuantitativa y cualitativamente, a nuestro Código de Trabajo, desde que este se promulgó en 1943.
Ciertamente, este código ha tenido modificaciones con el transcurrir de los años, pero ninguna como la que entrará a regir a partir del próximo 25 de julio del año en curso.
A partir de esta realidad, surge la necesidad de cuestionarse que se ha hecho en los centros de trabajo para estar familiarizados con el contenido de la reforma en cuestión.
Es importante tener claridad que la RPL es una ley aprobada en firme desde hace más de 12 meses y sino entró a regir desde su publicación en La Gaceta, justamente fue por la cantidad y complejidad de cambios que representa.
Diversos temas tendrán un antes y un después en el derecho laboral costarricense con la vigencia de la Ley mencionada, como, por ejemplo: la entrega de la carta de despido por falta grave y cómo proceder cuando el colaborador se niegue a recibirla, lo referente a la responsabilidad de los representantes patronales en ciertos temas, el tema de la discriminación en las relaciones laborales y sus consecuencias o bien la huelga y sus nuevas modalidades; solo para mencionar unos pocos.
Sin duda, las partes de la relación laboral tienen tarea para estos meses.
Es fundamental que cada organización determine cuáles son las consecuencias que la RPL tendrá sobre sus prácticas y regulaciones para la gestión del talento humano, con el fin de proceder, en una segunda etapa, con los ajustes que sean necesarios a nivel interno (actualización de normas y capacitación al personal, por ejemplo) para que, con el debido respeto de los derechos laborales, su negocio pueda tener un alto nivel de competitividad y eficiencia.
Ahora bien, no creamos que la RPL viene a proveernos de una legislación laboral que cubre todos los vacíos existentes en esta materia.
Tópicos como la actualización de jornadas, la tercerización de servicios, el impacto de la tecnología en el trabajo o las reformas al empleo público siguen en la palestra a la espera de discusiones serias y oportunas.
M.Sc. Ronald Gutiérrez Abarca
rgutierrez@bdsasesores.com
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