El calor es uno de los riesgos laborales que no se suelen contemplar ni prever en los centros de trabajo. El exceso de calor en el cuerpo puede pasar inadvertido y llegar a producir daños a los trabajadores, suponiendo inclusive una amenaza para sus vidas.
Con el fin de regular y prevenir esta situación, el 18 de septiembre del presente año se publicó en La Gaceta el Decreto N°39147, reglamento para la prevención y protección de las personas trabajadoras expuestas a estrés térmico por calor, el cual fue aprobado de manera unánime por el Consejo de Salud Ocupacional (CSO).
El estrés térmico es la carga de calor a la que un trabajador está expuesto durante su jornada. Dicho estado resulta de la combinación de las condiciones ambientales del lugar donde se trabaje: temperatura, humedad relativa y velocidad del viento, así como también debe considerarse la actividad física realizada y las características de la ropa.
Sectores sensibles
Ahora bien, ¿en qué trabajos puede ser peligroso el estrés térmico por calor? En todos aquellos ubicados en sitios cerrados o con poca ventilación, donde el calor y la humedad sean elevados debido al proceso de trabajo, o a las condiciones climáticas de la zona y la ausencia de medios para reducir la temperatura.
Algunos sectores particularmente sensibles son los relacionados a la construcción, aquellos donde se realice una actividad física intensa o donde los trabajadores lleven trajes o equipos de protección individual que impidan la eliminación del calor corporal, así como también fundiciones, acerías, fábricas, plantas de cemento, panaderías, lavanderías, minas, invernaderos, etc.
Sin embargo, no solo en los lugares cerrados puede darse esta condición. El estrés térmico y sus consecuencias pueden ser especialmente peligrosos en los trabajos al aire libre, como por ejemplo en las construcciones y la agricultura, pues son labores que se realizan a la intemperie bajo climas usualmente calurosos y donde el estrés por calor es una problemática a lo largo de todo el año.
Prevención
El reglamento mencionado establece, entre otras normas, que los empleadores deben velar para que los trabajadores asistan a los servicios de salud pública, con la finalidad de que se realicen las pruebas de función renal, como actividad de vigilancia de la salud.
Aunado a ello, y con el fin de evitar riesgos a la salud y la seguridad de los trabajadores que realizan labores en condiciones de estrés térmico por calor, durante el ejercicio del trabajo, los patronos deben cumplir con ciertas disposiciones establecidas por el reglamento mencionado, tales como: brindarle a los trabajadores elementos de protección personal e indumentaria necesaria, informar a los trabajadores de los lugares seleccionados para ubicar 'áreas de sombra', suministrarles bebidas rehidratantes, entre otros.
Por su parte, las personas trabajadoras tienen el deber de someterse a los exámenes médicos que soliciten las autoridades competentes, informar a su jefe inmediato de cualquier situación que pueda entrañar un peligro para la salud y seguridad propia o de sus compañeros y utilizar el equipo de protección personal que el puesto requiera.
Finalmente, la aplicación del decreto es para todo el territorio nacional y sus regulaciones deben ser cumplidas por todo patrono que contrate a trabajadores para realizar labores al aire libre y que pueden estar expuestos a estrés térmico por calor.
Oscar Gonzalez Sepe
ogonzalez@bdsasesores.com
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