Las micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES) son aquellas unidades productivas que son categorizadas como tales dependiendo de su tamaño y ventas, entre otras variables, según la normativa vigente.
Las PYMES, por sus particulares características, tienen ciertos desafíos que los aquejan por su tamaño y estructuras organizacionales simples. Principalmente, su poco personal no les permite tener una oficina de recursos humanos propiamente, y su flujo de caja no les permite costear asesoría personalizada.
Nuestra normativa laboral es una que no se ha acoplado a las necesidades del sector; en muchas otras legislaciones existen obligaciones diferidas para empresas con bajo número de empleados. En el caso costarricense, las mismas reglas aplican para todos, indistintamente del tamaño del patrono que los contrata.
Por esta razón, los desafíos que ha traído la reforma procesal laboral los ha impactado más fuerte que aquellas empresas con capacidad de armonizar sus procesos a los nuevos requerimientos legales.
Contratación de personal
Uno de los puntos donde ahora se tiene que tener más cuidado es en el proceso de reclutamiento de trabajadores.
En el proceso de reclutamiento, debe existir conciencia respecto a las nuevas regulaciones sobre la discriminación.
Particularmente, no deberían existir en los anuncios de vacantes ni en las entrevistas de trabajo, elementos que se puedan considerar discriminadores a la luz del artículo 404 del Código de Trabajo.
Además, aunque no hubo cambios en las secciones que regulan los contratos de trabajos individuales, documentar bien las relaciones de trabajo se ha hecho más importante que nunca. Conforme al artículo 22 y 23 del Código de Trabajo, la mayoría de los contratos de trabajo deben constar por escrito, y su ausencia se le achaca siempre al patrono.
No tener un documento que respalde las funciones, el puesto de trabajo, sus responsabilidades, la jornada a cumplir, y demás disposiciones, puede hacer que se genere un riesgo de tener que cancelar montos reclamados por el trabajador que no estaban presupuestados.
Desvinculaciones
Las salidas de personal siempre generan impacto en las organizaciones, pero más cuando se trata de PYMES con pocos trabajadores. Dichas empresas deben tener claro la forma correcta de aplicar el poder disciplinario, las posibilidades de terminación de las relaciones de empleo, y el costo que implican dichas terminaciones.
Igualmente, conforme al nuevo artículo 35 del Código de Trabajo, ahora existe, ante ciertas circunstancias específicas, la obligación de presentar la carta de despido sin responsabilidad patronal al Ministerio de Trabajo correspondiente, y en caso de no hacerlo, podría generar el pago de rubros adicionales si el trabajador reclama en sede judicial.
Defensa Pública Laboral
Como se puede observar, el mayor riesgo al que se encuentran actualmente las PYMES es incurrir en violaciones a las nuevas disposiciones de discriminación, o ser demandados por sede judicial por extrabajadores con la nueva asistencia técnica de la Defensa Pública Laboral.
Por esta razón, se hará necesario tener asistencia legal especializada para lograr detectar potenciales riesgos laborales y prevenirlos antes que sucedan. Aunque es claro que los costes legales pueden ser agobiantes para las PYMES, esto debe ser vista como una inversión, con el fin de dar paso a un crecimiento sostenido.
Daniel Valverde
dvalverde@bdsasesores.com
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