Trabajar mientras hay una incapacidad médica de por medio no es negociable. Se trata de un derecho laboral irrenunciable donde no hay puntos medios. Así de tajante habló el abogado, Marco Durante, en el video-chat de elempleo: "Deberes y derechos ante una incapacidad médica", realizado este miércoles por La Nación en Internet.
"La incapacidad es un garantía social cuyo fin es procurar el restablecimiento de la salud física y mental del trabajador (...) descansar y seguir las recomendaciones médicas es el único trabajo permitido", dijo Durante, experto en derecho laboral.
El abogado de la firma BDS Asesores detalló que infringe la ley todo patrono que solicite a un empleado laborar durante una incapacidad médica. De igual forma, aclaró que no existe ningún "acuerdo mutuo" en este tipo de casos. "El consentimiento de un empleado de trabajar en estas condiciones, no es ningún descargo, al contrario, el trabajador no debe aceptar, ni en forma de ayuda, cumplir obligaciones, desde la casa, ni ir al centro de trabajo", amplió.
Durante recomendó a los interesados conversar con el patrono sobre las recomendaciones médicas, de recuperación, cuando se solicite realizar alguna labor. A los patronos, les recordó la importancia de evitar denuncias por incumplimiento de garantías. De igual forma, recordó que es ilegal ejecutar un despido durante este periodo: ni con una incapacidad otorgada por la Caja Costarricense de Seguro Social, ni con otra del Instituto Nacional de Seguros.
"No importa cuánto tiempo dure, el patrono debe mantener el puesto", agregó. Durante también insistió en que puede perderse el trabajo, sin responsabilidad patronal, de comprobarse que se tramitó una incapacidad, pero se usó ese tiempo para un viaje o laborar en otro lugar, entre otros.
Marcela Cantero
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