Para el 25 de julio de 2017, el país enfrentaba el cambio más importante y drástico en su legislación laboral, desde la creación del Código de Trabajo en 1943. Una de las modificaciones más importantes que trajo consigo la reforma procesal laboral, fue en torno al fortalecimiento de la lucha contra la discriminación en las relaciones de empleo.
De esta forma, el Código de Trabajo pasó de tener cuatro causales de discriminación específicas, a regular en su artículo 404º, diez causales de discriminación y dejar abierta la posibilidad de reclamos por cualquier otra forma análoga de discriminación a las taxativamente establecidas.
Siendo este el cambio más fuerte y tomando en consideración la amplitud de información que se ha brindado sobre el tema a nivel nacional y la defensa judicial gratuita, los reclamos judiciales en este sentido, han aumentado exponencialmente en los últimos dos años. Incluso, las denuncias administrativas ante el MTSS han disminuido considerablemente ya que los trabajadores han encontrado en el proceso judicial sumarísimo, una herramienta legal más eficaz para resolver temas de discriminación.
De esta forma, el derecho laboral correctivo y preventivo ha sido esencial para la parte patronal, la cual ha tenido que generar transformaciones internas significativas en las diversas etapas de las relaciones laborales. Esto es, ajustar procesos de reclutamiento y selección, modificar prácticas dentro de la contratación que puedan dar pie a acciones discriminatorias y mejorar los procesos de terminación de los contratos de trabajo.
Dentro de los procesos de reclutamiento y selección, a nivel patronal se generó un cambio drástico al limitar los requisitos de contratación a los relacionados estrictamente con el perfil de las plazas vacantes; la forma de realizar entrevistas de trabajo, ha sido también modificada de forma tal que aspectos personales que puedan ser sujetos de discriminación, no sean analizados. Por otra parte, dentro de la relación laboral, los patronos cada vez promueven más las prácticas inclusivas, desarrollando e implementando políticas internas anti-discriminación que generen un ambiente más sano y equitativo. Finalmente, se han fortalecido los procesos de terminación de los contratos de trabajo, documentando la objetividad de las decisiones (esto es, eliminando los despidos basados en causas subjetivas o personales) y comunicando ascertivamente las desvinculaciones.
Cada vez más, los patronos pueden percibir el efecto que ha tenido esta modificación en la legislación laboral y ha sido inevitable, el ajustar las prácticas de gestión de talento humano en las empresas para evitar reclamos por discriminación. A casi dos años de la implementación de la Reforma Procesal Laboral, el 28 de junio BDS llevará a cabo el Seminario: Segundo Aniversario de la Reforma Procesal Laboral, para analizar a fondo, las implicaciones que ha traído el tema de discriminación y muchos otros aspectos introducidos al Código de Trabajo costarricense.
Por: Ana Laura Hernández Meléndez
Abogada
BDS Asesores
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