Permisos con y sin goce salarial

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

El patrono puede decidir si dar permisos o no.

Investigación laboral / 24 de octubre de 2014

Muchas empresas cuentan con políticas claras para ciertas situaciones laborales, como el manejo de ausencias, llegadas tardías, abandono o incumplimiento de procedimientos. Sin embargo, el tema de los permisos -con o sin goce de salario-, usualmente, encuentra un vacío en su tratamiento al interior de las compañías.

Si bien nuestro Código de Trabajo no estipula su concepto o manejo, los permisos se entienden como una decisión que emana del patrono, como resultado de su poder de dirección. Una decisión que permite al trabajador no ejecutar las labores de supuesto, sea con o sin goce de su salario, por un período.

Sin limitarlo a una lista, existen permisos comunes como, por ejemplo, cuando un colaborador contrae matrimonio, nace un hijo, muere un pariente, permisos para realizar estudios en el extranjero o alguna actividad personal en forma temporal.

No se deben confundir los permisos laborales con las licencias o las incapacidades, las cuales están definidas en el reglamento del seguro de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Su normativa define las licencias como el periodo de reposo obligatorio establecido por ley, mientras que las incapacidades constituyen el tiempo de reposo ordenado por los médicos u odontólogos de la CCSS , así como, por médicos autorizados parla entidad.

Este beneficio se brinda al asegurado directo activo cuando no puede trabajar por pérdida temporal de sus facultades o aptitudes para el desempeño de las labores.

El contrato

Las licencias, incapacidades y permisos suspenden el contrato de trabajo, pero no implican la terminación del mismo, ni extinguen los derechos, ni obligaciones que emanen del contrato (sentencia 95-000100, Sala Segunda).

En cuanto a los permisos con goce de salario, estos se ven como un beneficio para el trabajador, siendo el patrono quien delimita su manejo en la empresa. Además, se utilizan como una medida cautelar cuando existe un proceso disciplinario y se está en la fase de investigación, a nivel interno.

Durante dicho plazo de investigación, si existe una suspensión de la relación laboral hasta cuando cese el motivo que le ha dado origen, según lo ha establecido nuestra jurisprudencia (sentencia 258-2003, Sala Segunda).

En conclusión, un permiso con goce salarial no exime al patrono de la obligación de respetar el derecho a la continuidad en la relación laboral; dado que solo fueron suspendidas las obligaciones derivadas del contrato, como la prestación del servicio por una decisión del patrono bajo previa notificación.

Por su parte, los permisos sin goce salarial son solicitados por el trabajador por causas que le imposibilitan la continuidad de la relación laboral, por ejemplo, becas de estudios, viajes u otros compromisos. Estos permisos tampoco interrumpen la continuidad del trabajo (artículo 153 del Código de Trabajo) y deben ser autorizados expresamente por el patrono.

Además, es deber de los colaboradores validar y verificar que el permiso fue aprobado antes de ausentarse de sus labores. En caso contrario, podría verse en una situación de abandono de trabajo o ausencias injustificadas, y asilo ha indicado la jurisprudencia (sentencia 364-2008 Sala Segunda).

Si bien no existe dentro del Código de Trabajo estipulación expresa sobre permisos, dicho cuerpo normativo sí regula la obligación del patrono de conceder tiempo para votar en elecciones populares y convocatorias de referendo, tiempo que debe ser otorgado con goce de salario (articulo 69 inciso j). Dado el vacío legal, para el resto de permisos, se aconseja a las empresas documentar y emitir directrices sobre estos temas.

Cindy Sabat

csabat@bdsasesores.com

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