Pasos ante la inspección de la CCSS

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Patronos deben estar al día con sus obligaciones.

Investigación laboral / 7 de noviembre de 2014

¿Cumple usted con sus obligaciones como patrono? ¿Incluye a la totalidad de sus trabajadores en las planillas que deben reportarse mensualmente ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)? ¿Mantiene a personas bajo la figura de servicios profesionales?

Tener dichas obligaciones claras resulta importante, sobre todo, porque la CCSS cuenta con inspectores, quienes verifican el cumplimiento de la legislación en materia de seguridad social.

Estas investigaciones pueden iniciar por denuncia del trabajador o un tercero; a solicitud del patrono o, incluso, por gestión de la CCSS. Una vez interpuesta la denuncia, la CCSS continuará con la investigación por su cuenta, independientemente de si la persona que denunció le brinda o no seguimiento.

¿Qué verifican los inspectores?

Por ejemplo, revisan que todos los trabajadores se encuentren en la planilla mensual reportada a la entidad, además, analizarán si el salario reportado resulta acorde al salario mínimo o, bien, a la remuneración efectivamente devengada por cada trabajador. Asimismo, pueden estudiar la correcta aplicación de figuras, como servicios profesionales, sustitución patronal, intermediarios, un grupo de interés económico, outsourcing, entre otros.

Etapas del procedimiento de inspección

Para llevar a cabo esta verificación de las responsabilidades patronales, la CCSS debe apegarse a lo detallado en el Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes (normativa número 8051).

Antes del inicio formal del procedimiento, la CCSS se encuentra facultada para solicitar al patrono o trabajador independiente que le remita los documentos específicos, que la entidad considere necesarios para el proceso. En caso de que no se verifique un incumplimiento, la institución podrá archivar el caso.

Por ende, es muy importante determinar cuál información y documentación puede presentarse, de manera que se le otorgue al caso un enfoque adecuado desde un inicio. Si a partir de la información obtenida, la CCSS puede presumir que existe una inobservancia de la legislación laboral, entonces, la entidad iniciará formalmente el procedimiento con la emisión de un traslado de cargos, y otorgará al patrono un plazo de 10 días para contestar lo señalado.

En esa fase, la CCSS debe detallar los incumplimientos detectados y los elementos que le permiten acreditar los mismos; además, debe incluir exactamente cuál es la estimación económica de dichos incumplimientos.

Como consejo, verifique si se cumplen estos requisitos para asegurarse el derecho de defensa.

En este momento, usted puede presentar prueba documental o testimonial; no obstante, valore con sumo cuidado su pertinencia antes de su remisión ante la autoridad administrativa de la CCSS. Posteriormente, la entidad emitirá un informe que determinará si hubo o no un incumplimiento. Si sostiene que el incumplimiento se dio, puede ordenar la confección de una planilla adicional, un reajuste en la planilla ordinaria, un ligamen entre dos empresas, entre otros aspectos.

Esto permitirá a la entidad proceder con la facturación y el cobro de los montos dejados de percibir por la inobservancia detectada. Lo recomendable es atender cualquier comunicación efectuada por la CCSS con suma diligencia.

Laura Navarrete

lnavarrete@bdsasesores.com

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