Mitos sobre la Reforma Procesal Laboral

 

El Empleo Noticias
lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Conozca los cambios en los nuevos procesos.

Investigación laboral / 18 de agosto de 2017

Mucho se ha escrito sobre la Reforma Procesal Laboral (RPL), el cambio más importante que ha sufrido el Código de Trabajo desde su promulgación en 1943. En los meses y años por venir, cuando nuestros tribunales de justicia tengan oportunidad de interpretar y aplicar la norma.

Sin embargo, a pesar de que la RPL entró en vigencia apenas el pasado 25 de julio, esta nueva ley ya ha generado muchos mitos o rumores sobre su contenido. En varias empresas se ha escuchado a trabajadores y patronos discutir sobre temas que supuestamente cambiaron con la RPL, cuando en realidad no existió modificación alguna.

Por ello, en esta ocasión este espacio se centrará no en el contenido de la Reforma, sobre el que otros colegas ya han escrito, sino en aquellos temas que no han variado pero que comúnmente se alega que sí.

¿Jornadas de trabajo? Un foco de preocupación para algunas empresas ha sido la creencia de que la RPL modificó de alguna forma las jornadas de trabajo. Sobre este tema, se ha escuchado que la RPL obliga a reducir las jornadas de trabajo a 8 horas, o que los patronos “ahora sí” deberán pagar horas extra, entre otros mitos.

La RPL no modifica en lo absoluto las jornadas de trabajo. Las jornadas diurna, nocturna y mixta siguen teniendo límites diarios de 8, 6 y 7 horas, respectivamente. Las jornadas diurna y mixta pueden ampliarse, hasta 10 y 8 horas respectivamente, cuando las labores no sean peligrosas o insalubres y no excedan 48 semanales.

Asimismo, la obligación de pagar horas extra, independientemente del tipo de jornada, siempre ha existido. La RPL no obliga en mayor o menor medida a los patronos a cumplir con estas obligaciones.

Otros mitos Por otro lado, la RPL tampoco modifica las obligaciones patronales sobre salarios y otros beneficios relacionados.

No existen cambios en el tema de salarios mínimos, aumentos, cálculo y pago de horas extra, etc. Tampoco ha variado la obligación de reportar todos los salarios de sus trabajadores a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), ni ha cambiado el tope de ocho años de cesantía en el sector privado.

Todo lo anterior puede generar la pregunta de por qué, si el texto de la ley se encuentra públicamente disponible y cualquiera puede leerlo, existen tantos mitos e información errónea al respecto.

¿Por qué tantos rumores? Una de las principales razones por las cuales puede haberse generado tanta desinformación el texto de la propia ley. Al modificar 348 artículos del Código de Trabajo, es natural que exista confusión sobre sus alcances, y cuáles aspectos han cambiado y cuáles no.

Adicionalmente, sí existen cambios que inciden indirectamente en varios temas. Por ejemplo, los nuevos procesos laborales, tanto el ordinario como el nuevo proceso sumarísimo, deberían acortar considerablemente el tiempo que ambas partes esperan por una resolución.

Por otro lado, existe la posibilidad de que el juez valore que los trabajadores no han reclamado todos los derechos irrenunciables que podrían alegar, o que se determine que existe una obligación de cancelar cargas sociales sobre rubros no reconocidos durante la relación laboral.

Estos cambios en el proceso pueden generar presión en los patronos, pues los procesos tardarían mucho menos tiempo y podrían generar, potencialmente, sentencias por montos mayores. Por ende, lo recomendable es realizar revisiones preventivas de procedimientos y políticas internas, para lograr detectar los posibles focos de riesgo, antes de que se conviertan en un potencial reclamo.

 

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