Empleo público y diálogo social

 

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lunes, 11 de diciembre de 2017 8 a. m.

Proyecto de reforma debe ser objeto de profundo análisis.

Investigación laboral / 7 de septiembre de 2012

A finales de la semana anterior, el Gobierno dio a conocer un denominado "Anteproyecto de ley para el ordenamiento de las retribuciones adicionales al salario base del sector público".

Dicho proyecto parte de un supuesto fácil de entender; pero Muy polémico: la existencia en el sector público de una gran cantidad de normas y convenios que generan condiciones salariales muy diversas entre trabajadores. Incluso, muchos de estos trabajadores realizan funciones similares solo que en sectores distintos de la administración pública.

La iniciativa pretende regular temas salariales en el sector público, incluyendo los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; el Tribunal Supremo de Elecciones; entes descentralizados; empresas del estado e, incluso, municipalidades.

El anteproyecto no sería de aplicación a bancos del Estado, ni al Instituto Costarricense de Electricidad y ni el Instituto Nacional de Seguros dado que se encuentran en un régimen de competencia. Dicho proyecto contempla modificaciones y aspectos sensibles como, por ejemplo, el hecho de que el auxilio de cesantía quedaría limitado a ocho años, con algunas excepciones. Además, se contempla establecer evaluaciones del desempeño, como referencia para la promoción de la carrera administrativa y el mantenimiento del trabajo.

Ajuste salarial. En temas salariales, se indica que las retribuciones adicionales al salario base (pluses) se fijarían con fundamento en estudios técnicos acatando criterios de razonabilidad, necesidad, eficiencia e igualdad.

Específicamente, se establece que el pago por disponibilidad no podría superar el 15% del salario base; o bien que la dedicación exclusiva se aplicará solo si las funciones lo ameritan con una vigencia de un año (prorrogable automáticamente si es pertinente) y en diferentes porcentajes, conforme al grado académico; estableciéndose, para ambos complementos, una imposibilidad de ser considerados como beneficios permanentes. Un proyecto de tal complejidad debe ser objeto de estudio y discusión, por ello, es oportuno reseñar la figura del diálogo social.

Diálogo social El proyecto reúne elementos que deben ser analizados con cuidado porque una reforma de este tipo implica un gran cambio en el empleo público. Debe hacerse una lIamada de atención para que la iniciativa sea analizada con seriedad por todos los sectores, con el diálogo social como el vehículo para la discusión y consenso de temas laborales. El diálogo social ha sido impulsado y desarrollado, sobre todo, por la Organización Internacional del Trabajo, definiéndolo como aquella figura que "comprende todo tipo de negociaciones y consultas e incluso el mero intercambio de información entre representantes de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores sobre temas de interés común relativos a políticas económicas y sociales". En nuestro país, el instrumento del dialogo social se queda rezagado al hablar de empleo público.

Por lo tanto, nace la pregunta: ¿por qué no aplicar de manera efectiva todos los canales de comunicación, e intercambio de opiniones, para lograr una reforma a los temas de empleo público que, sin perjuicio de los derechos laborales, permita tener un Estado con relaciones de servicio plenamente eficientes? Suena algo trillado el asunto, pero este proyecto podría ser una buena oportunidad.

Ronald Gutiérrez Abarca rgutierrez@bdsasesores.com

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